Gestión integral de Licencia Sanitaria para bancos de sangre y servicios de transfusión conforme a la normativa sanitaria vigente.
Todo establecimiento que ofrezca servicios de Banco de Sangre o Transfusión Sanguínea debe contar con una Licencia Sanitaria emitida por COFEPRIS antes de iniciar operaciones.
Esta autorización valida que el establecimiento cumple con los requisitos sanitarios, técnicos y administrativos relacionados con la obtención, procesamiento, almacenamiento y transfusión de sangre humana.
La licencia aplica tanto para bancos de sangre independientes como para servicios hospitalarios de transfusión sanguínea.
Si el banco de sangre es intrahospitalario y pertenece al mismo propietario del establecimiento de salud, no será necesario tramitar la Licencia Sanitaria para Servicio de Transfusión Hospitalario con homoclave COFEPRIS-09-025-E.
| Homoclave | COFEPRIS-09-025-A |
| Tipo | Licencia Sanitaria |
| Dependencia | COFEPRIS |
| Vigencia | 5 años |
| Quién puede solicitarlo | Interesado o representante legal |
Integramos y gestionamos toda la documentación necesaria para la obtención de la licencia sanitaria ante COFEPRIS.
Revisamos la situación actual del establecimiento y verificamos la documentación base requerida.
Preparamos y validamos manuales, formatos, listados de equipamiento y documentación sanitaria obligatoria.
Gestionamos o verificamos el Aviso de Responsable Sanitario, requisito indispensable para presentar la solicitud.
Presentamos el expediente completo ante la Subdirección Ejecutiva de Autorizaciones en Servicios de Salud.
Damos seguimiento continuo al proceso y atendemos requerimientos adicionales emitidos por la autoridad sanitaria.
Entregamos la licencia sanitaria aprobada con vigencia de 5 años, lista para operar conforme a normativa.
El expediente sanitario debe incluir documentación técnica, operativa y administrativa relacionada con el funcionamiento del establecimiento.
La licencia se fundamenta en los artículos 198 fracciones IV y V, 315 fracciones I al IV, y 369 al 371 de la Ley General de Salud.
También considera las disposiciones técnicas y administrativas emitidas por COFEPRIS para establecimientos con servicios de sangre y transfusión sanguínea.
Te apoyamos en la integración del expediente, cumplimiento normativo y seguimiento ante COFEPRIS para bancos de sangre y servicios de transfusión.