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Regulación de Terapia Nefrológica

Licencia Sanitaria para
Centros de Hemodiálisis

Estructuramos y validamos la apertura legal de salas de terapia renal sustitutiva. Gestionamos tu habilitación federal ante COFEPRIS garantizando la seguridad en sistemas de tratamiento de agua e infraestructura clínica.

Obligatoriedad Regulatoria en Terapias Renales

En concordancia con las facultades de control de la Ley General de Salud, los establecimientos que ofrezcan terapias de hemodiálisis de manera independiente o integrada a un complejo hospitalario general, deben poseer obligatoriamente una Licencia Sanitaria de operación activa antes de admitir pacientes.

Dada la naturaleza crítica del tratamiento, los comités evaluadores enfocan su inspección en mitigar riesgos bioinfecciosos y garantizar la calidad fisicoquímica y bacteriológica del agua utilizada en los monitores de diálisis. Obtener este dictamen es el único mecanismo legal para validar la operación segura del centro.

Ecosistema de Trámites Vinculados

La correcta regularización de un centro nefrológico comprende una serie de claves y avisos específicos ante la autoridad sanitaria federal:

  • COFEPRIS-05-125-A: Trámite de designación y Aviso de Responsable Sanitario con especialidad nefrológica para la unidad.
  • COFEPRIS-05-126-A: Solicitud formal de enmiendas o modificaciones a las condiciones autorizadas originalmente en la licencia.
  • COFEPRIS-05-127-A: Mecanismo oficial para la actualización de datos generales o el cese ordenado de actividades del centro.

Ficha Homoclave del Trámite

Clave de Ingreso Modalidad del Trámite
COFEPRIS-05-123-A Solicitud de Licencia Sanitaria de Alta Especialidad
Entidad Dictaminadora Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
Vigencia Legal Indeterminada (Suplementada por visitas periódicas de verificación técnica)

Fases Estratégicas de Dictaminación

Desplegamos un riguroso control técnico para garantizar la obtención de la licencia sin demoras operativas.

1
Evaluación de Viabilidad

Inspeccionamos el acondicionamiento del local, los flujos médicos y validamos la correcta emisión del Permiso Sanitario de Construcción como pilar inicial obligatorio.

2
Compilación del Core Técnico

Integramos los expedientes de infraestructura en medios físicos y digitales (USB), estructurando de forma clara los presupuestos de recursos humanos, materiales y planes financieros.

3
Vinculación de Dirección Médica

Tramitamos en paralelo el Aviso de Responsable Sanitario específico para nefrólogos, certificando sus acreditaciones académicas ante los paneles evaluadores de la COFEPRIS.

4
Ingreso y Defensa de Trámite

Sometemos formalmente el expediente consolidado ante la Subdirección Ejecutiva de Autorizaciones y monitoreamos el estatus de forma proactiva para desahogar requerimientos institucionales.

5
Asesoría Operativa Post-Aprobación

Una vez emitida la licencia, te brindamos las directrices necesarias para gestionar eficientemente avisos futuros de actualización de datos corporativos o ampliaciones del servicio.

Sustento Normativo Federal

La integración, evaluación y autorización de este servicio se ampara bajo los preceptos regulatorios de los **artículos 198 (fracciones IV y V), 315 (fracciones I a IV) y del 369 al 371 de la Ley General de Salud**. Asimismo, responde de manera estricta a los criterios operativos y de diseño arquitectónico-sanitario dictados por las normas oficiales vigentes en los Estados Unidos Mexicanos relativas a la infraestructura e insumos de los establecimientos que prestan servicios de hemodiálisis.